Desde hoy, la mascarilla es obligatoria.
El Consejo de Gobierno ha dado luz verde al uso obligatorio de la mascarilla de forma permanente tanto en espacios abiertos como cerrados, y ante cuyo incumplimiento se fija una sanción de 100 euros.
El uso de mascarillas es obligatorio, no obstante, tiene hasta siete excepciones justificadas, según establece la propia Junta de Andalucía.
1. La edad. Las mascarillas serán obligatorias para las personas de seis años en adelante, por tanto, quienes cuenten con menos de esa edad no tendrán que llevarla obligatoriamente.
2. Viajeros en vehículo privado que vivan juntos. Se dispone que la mascarilla es de uso obligatorio en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
3. Enfermedades o problemas respiratorios. La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
4. Deporte al aire libre. En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso.
5. Causas de fuerza mayor. No habrá que llevar mascarilla en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
6. Baño y sombrilla. Por otro lado, no será necesario llevar la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. En cambio, para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarilla.
7. Comida y bebida. Se podrá prescindir puntualmente de la mascarilla para el propio ejercicio de comer o beber, dada la imposibilidad de hacerlo con el cubrebocas.